ARTICULO 5o.- El Banco de México, S. A., será el depositario en México de las disponibilidades del Banco de Desarrollo del Caribe, de conformidad con el Artículo 37 del Convenio Constitutivo del propio Banco.
Structure Ley que aprueba la Adhesión de México al Convenio Constitutivo del Banco de Desarrollo del Caribe y su Ejecución