ARTICULO 12.- Los Veteranos sólo podrán ser separados de los empleos que desempeñen, de base o de confianza, por las causas y en los términos que establece la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados de la Federación. En caso de que sean suprimidas en los Presupuestos de Egresos de la Federación las plazas ocupadas por los Veteranos, los titulares respectivos deberán asignarles otras plazas en sueldo, categoría y condiciones equivalentes a las suprimidas, sin lesionar derechos de terceros.
Structure Ley en Favor de los Veteranos de la Revolución como Servidores del Estado