TÍTULO SÉPTIMO
Artículo 186.- Los contratos de seguro marítimo podrán comprender todo...
Artículo 187.- Podrán asegurarse todos o parte de los bienes...
Artículo 188.- El contrato de seguro marítimo es consensual, se...
Artículo 189.- La cobertura mínima de los seguros marítimos será:...
Artículo 190.- Además de los riesgos señalados en el artículo...
Artículo 191.- El asegurado estará obligado a contribuir al salvamento...
Artículo 192.- Salvo lo previsto en el artículo anterior, el...
Artículo 193.- Además de los riesgos señalados en este título,...
Artículo 194.- Cuando las partes se refieran a cláusulas de...
Artículo 195.- La suscripción de la póliza creará una presunción...
Artículo 196.- Se considerará valor de la embarcación, el que...
Artículo 197.- Corresponderá al asegurador la carga de la prueba...
Artículo 198.- Será nulo el contrato de seguro marítimo que...
Artículo 199.- Si se hubiere estipulado en la póliza un...
Artículo 200.- Todas las acciones que se deriven de un...
Artículo 201.- De conformidad con lo señalado en este artículo,...
Artículo 202.- El asegurador no estará legitimado a obligar al...
Artículo 203.- Cualquiera de las partes estará legitimada a pedir...
Artículo 204.- La intervención del asegurador en la valuación del...
Artículo 205.- Todo seguro contratado con posterioridad al siniestro o...
Artículo 206.- El asegurado no tendrá obligación de denunciar al...
Artículo 207.- Si el que contratare el seguro, sabiendo la...
Artículo 208.- En caso de apresamiento o embargo de la...
Artículo 209.- En el caso del artículo anterior, el asegurador...
Artículo 210.- El pago del importe asegurado será cubierto a...
Artículo 211.- El asegurador responderá, salvo pacto en contrario, de...
Artículo 212.- Cuando se contrate en el seguro de mercancías...
Artículo 213.- La obligación señalada en el artículo 211 de...
Artículo 214.- Salvo pacto en contrario, si la cosa objeto...
Artículo 215.- Salvo pacto en contrario, la vigencia del seguro...
Artículo 216.- Se entenderán comprendidas en la cobertura del seguro...
Artículo 217.- Si el cargamento fuere asegurado por varios aseguradores...
Artículo 218.- En los seguros de mercancías podrá omitirse la...
Artículo 219.- El asegurador responderá de la agravación del riesgo...
Artículo 220.- Si por inhabilitación de la embarcación antes de...
Artículo 221.- Si la embarcación quedare absolutamente inhabilitada para navegar,...
Artículo 222.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo...
Artículo 223.- El propietario de las mercancías podrá hacer dejación...
Artículo 224.- Si por conveniencia del asegurado las mercancías se...
Artículo 225.- Salvo pacto en contrario, en los casos de...
Artículo 226.- En el seguro sobre embarcaciones, se entenderán comprendidos...
Artículo 227.- En caso de interrupción del viaje por embargo...
Artículo 228.- Salvo lo dispuesto en este título, en ningún...
Artículo 229.- Salvo pacto en contrario, el asegurador no responderá...
Artículo 230.- Los seguros de embarcaciones podrán ser contratados ya...
Artículo 231.- Si el seguro de la embarcación hubiere sido...
Artículo 232.- En el contrato de seguro de embarcaciones por...
Artículo 233.- Salvo pacto en contrario, se entenderá que el...
Artículo 234.- Salvo pacto en contrario, el asegurador de la...
Artículo 235.- El daño a la embarcación será reparado o...
Artículo 236.- Los daños causados a la embarcación asegurada por...
Artículo 237.- Si como consecuencia de la reparación el valor...
Artículo 238.- Si las reparaciones excedieren de las tres cuartas...
Artículo 239.- La embarcación se considerará perdida si transcurren treinta...
Artículo 240.- El seguro sobre renta o flete podrá hacerse...
Artículo 241.- En el seguro de renta o flete se...
Artículo 242.- El seguro de la responsabilidad civil del propietario...
Artículo 243.- El daño o menoscabo será considerado avería, pero...
Artículo 244.- En caso de pérdida total, real o implícita,...
Artículo 245.- La dejación no podrá ser parcial ni condicional...
Artículo 246.- La dejación de la embarcación que deberá ser...
Artículo 247.- Se entenderá comprendido en la dejación de la...
Artículo 248.- La dejación de las mercancías deberá ser declarada...
Artículo 249.- Cuando la embarcación se presuma perdida o quede...
Artículo 250.- El asegurador tiene derecho a objetar la dejación,...
Artículo 251.- Admitida la dejación o declarada admisible en juicio,...
Artículo 252.- No será admisible la dejación: I. Si las...
Artículo 253.- Si por haberse represado la posesión la embarcación...