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  • Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
  • Título primero
  • Capítulo IV

Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Capítulo IV

CAPÍTULO IV

Artículo 24. Las resoluciones que se dicten en los juicios...

Artículo 25. Las notificaciones al titular del Poder Ejecutivo Federal...

Artículo 26. Las notificaciones en los juicios de amparo se...

Artículo 27. Las notificaciones personales se harán de acuerdo con...

Artículo 28. Las notificaciones por oficio se harán conforme a...

Artículo 29. Las notificaciones por lista se harán en una...

Artículo 30. Las notificaciones por vía electrónica se sujetarán a...

Artículo 31. Las notificaciones surtirán sus efectos conforme a las...

Artículo 32. Serán nulas las notificaciones que no se hicieren...

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