Ley de Ahorro y Crédito Popular
Título sexto

TÍTULO SEXTO

Capítulo I

Artículo 125.- El incumplimiento o la violación a las normas...

Artículo 126.- Las infracciones a esta Ley o a las...

Artículo 126 Bis.- A las Federaciones que no cumplan con...

Artículo 127.- Las personas que realicen actividades, servicios u operaciones...

Artículo 128.- La infracción a cualquier otro precepto de esta...

Artículo 128 Bis.- La Comisión podrá, atendiendo a las circunstancias...

Artículo 129.- En los procedimientos administrativos previstos en esta Ley...

Artículo 130.- La facultad de la Comisión para imponer las...

Artículo 131.- La Comisión, en la imposición de sanciones de...

Artículo 132.- Las sanciones serán impuestas por la Junta de...

Artículo 132 Bis.- (DEROGADO, D.O.F. 13 DE AGOSTO DE 2009)

Artículo 133.- Las multas a que se refiere el presente...

Artículo 134.- La Comisión considerará como atenuante en la imposición...

Artículo 135.- Los procedimientos para la imposición de las sanciones...

Artículo 136.- Para tutelar el ejercicio del derecho de acceso...

Artículo 136 Bis.- Los afectados con motivo de los actos...

Artículo 136 Bis 1.- La interposición del recurso de revisión...

Artículo 136 Bis 2.- El órgano encargado de resolver el...

CAPÍTULO I BIS

Artículo 136 Bis 3.- Las Sociedades Financieras Populares, las Sociedades...

Artículo 136 Bis 4.- Los programas de autocorrección a que...

Artículo 136 Bis 5.- Durante la vigencia de los programas...

Artículo 136 Bis 6.- Las personas físicas y demás personas...

Capítulo II

Artículo 136 Bis 7.- En los casos previstos en los...

Artículo 136 Bis 8.- Serán sancionados con prisión de dos...

Artículo 137.- Se sancionará con prisión de tres meses a...

Artículo 138.- Los consejeros, directores o gerentes generales y demás...

Artículo 139.- Los consejeros, directores o gerentes generales y demás...

Artículo 140.- Serán sancionados con penas de prisión de tres...

Artículo 141.- Serán sancionados los servidores públicos de la Comisión,...

Artículo 142.- Se sancionará con prisión de tres a quince...

Artículo 142 Bis.- Las personas que ostenten algún cargo, mandato,...

Artículo 143.- Los delitos previstos en esta Ley sólo admitirán...

Artículo 144.- Serán sancionados con prisión de dos a siete...

Artículo 145.- Las penas previstas en esta Ley, se reducirán...

Artículo 145 Bis.- Cuando la Comisión Nacional Bancaria y de...

Capítulo III

Artículo 146.- Las notificaciones de los requerimientos, visitas de inspección...

Artículo 147.- Las autorizaciones, revocaciones de autorizaciones solicitadas por el...

Artículo 148.- Las notificaciones de visitas de investigación y de...

Artículo 149.- Las notificaciones personales podrán efectuarse en las oficinas...

Artículo 150.- Las notificaciones personales también podrán practicarse con el...

Artículo 151.- En el supuesto de que la persona encargada...

Artículo 152.- Las notificaciones que se efectúen mediante oficio entregado...

Artículo 153.- En el supuesto de que el día y...

Artículo 154.- Las notificaciones por edictos se efectuarán en el...

Artículo 155.- Las notificaciones por medios electrónicos, con acuse de...

Artículo 156.- Las notificaciones que no fueren efectuadas conforme a...

Artículo 157.- Para los efectos de esta Ley se tendrá...

Artículo 158.- Las notificaciones a que se refiere este capítulo...