ARTICULO 153.- Para obtener registro como responsable de laboratorios oficiales o particulares se deberán cumplir los siguientes requisitos:
I.- Ser mexicano.
II.- Poseer titulo de Químico, Ingeniero Químico, Químico Biólogo y Parasitólogo, Ingeniero Bioquímico, todos estos especialistas en la materia y en métodos analíticos de plaguicidas.
III.- Disponer de cédula profesional expedida por la Secretaría de Educación Pública.
IV.- Pagar los derechos correspondientes.
Estructura Reglamento de la Ley de Sanidad Fitopecuaria de los Estados Unidos Mexicanos en Materia de Sanidad Vegetal