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Capítulo X Bis
Artículo 47 Bis. El concesionario o permisionario está obligado a...
Artículo 47 Bis 1. Los pasajeros con alguna discapacidad tendrán...
Artículo 47 Bis 2. Con el fin de dar cumplimiento...
Artículo 47 Bis 3. La Procuraduría, en el ámbito de...
Artículo 47 Bis 4. Los pasajeros deberán: I. Brindar al...