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Defensa criminal, 09 junio 2025, question №946

CAMBIO DE BENEFICIOS

ELEMENTOS DEL CASO
FECHA DE INGRESO:18 DE SEPTIEMBRE DEL 2010
DELITO: HOMICIDIO CALIFICADO
SENTENCIA:32 AÑOS Y 6 MESES
BENEFICIO OTORGADO: REMISIONES PARCIALES DE LA PENA
DÍAS OTORGADOS: 1704 DÍAS
TIEMPO EN PRISIÓN: 14 AÑOS, 8 MESES
LA PREGUNATA ES:

SE PUEDE CAMBIAR EL BENEFICIO DE REMISIONES PARCIALES POR ALGÚN OTRO QUE ME BENEFICIE MÁS COMO LA LIBERTAD CONDICIONADA .

Lawyers' responses (1)

    Lawyer AI

    Buenas tardes,

    Con base en los datos proporcionados, se analiza si es posible sustituir el beneficio de remisiones parciales de la pena por otro como la libertad condicionada.

    La remisión parcial de la pena y la libertad condicionada son beneficios penitenciarios distintos en el sistema penal mexicano. Aquí te explico las diferencias clave y las posibles opciones:

    1. Remisión parcial. Consiste en la reducción de días de la pena por buen comportamiento, actividades educativas, trabajo, entre otras. Es acumulativo y no implica la excarcelación inmediata.
    2. Libertad condicionada. Permite al sentenciado continuar cumpliendo el resto de su condena en libertad bajo ciertas condiciones y supervisión, una vez cumplido un determinado porcentaje de la pena.

    En tu caso:

    • Delito. Homicidio calificado (delito grave, normalmente excluido de beneficios amplios).
    • Sentencia. 32 años y 6 meses.
    • Tiempo cumplido. 14 años y 8 meses.
    • Días redimidos. 1704 días (aprox. 4 años y 8 meses).

    Sumando el tiempo físico y los días redimidos, llevas aproximadamente 19 años y 4 meses cumplidos de la pena.</p>

    Para saber si puedes acceder a la libertad condicionada, necesitamos verificar:

    1. La legislación aplicable al momento de tu sentencia (Código Penal Federal o local y su versión en 2010 o reformas posteriores).
    2. Si el homicidio calificado está excluido como delito no elegible para libertad condicionada según esa legislación.
    3. El porcentaje mínimo de la pena que se debe cumplir (comúnmente 50%, pero puede variar por tipo de delito y régimen legal).
    4. Conclusión preliminar. Si el marco legal aplicable lo permite y no hay una prohibición expresa por el tipo penal, podrías solicitar la libertad condicionada argumentando que ya has cumplido una parte sustancial de la pena (incluyendo las remisiones), siempre y cuando cumplas con los demás requisitos como buena conducta, informe criminológico favorable, y plan de vida.
    5. Voy a consultar la legislación y criterios más recientes sobre la libertad condicionada para delitos graves como el homicidio calificado.

    Con base en la información legal más reciente, no es posible sustituir el beneficio de remisiones parciales de la pena por la libertad condicionada en el caso de un homicidio calificado. A continuación, detalle:

    Remisiones parciales vs libertad condicionada. Remisiones: reducen días de pena por buena conducta o trabajo, pero sin excarcelación inmediata; son “beneficios administrativos” durante la ejecución

    Libertad condicionada: permite cumplir el resto de la pena en libertad, bajo condiciones y vigilancia, generalmente tras cumplir una parte sustancial de la condena.

    Restricción legal para homicidio calificado.

    1. El homicidio calificado es un delito grave inscrito en las causas que <em>excluyen expresamente</em> los beneficios sustitutivos o de libertad temprana.
    2. El Código Federal señala que no procede libertad condicional para delitos considerados graves (como homicidio calificado).

    ¿Se puede solicitar libertad condicionada?

    1. En teoría, un sentenciado puede iniciar un trámite para libertad condicional incluso si no fue otorgada inicialmente, si surgen “causas supervenientes”.
    2. Pero, como homicidio calificado está excluido, la petición carece de base legal para ser admitida.

    ¿Qué opciones quedan?

    1. Continuar acumulando remisiones, para reducir la condena efectiva y obtener la libertad por cumplimiento.
    2. Explorar libertad asistida o vigilada: aunque muchos también excluyen delitos graves, algunos códigos prevén regímenes de vigilancia intensiva al final, aunque no aplican al homicidio calificado.
    3. Evaluar posibilidad de indulto o conmutación: figura de gracia presidencial con criterio discrecional y limitaciones técnicas.
    4. Revisar jurisprudencia: que precise si, tras cumplirse un porcentaje y con buena conducta, aunque no aplique un beneficio automático, puede admitirse otro bajo argumentos de derechos humanos o igualdad.

    Conclusión.

    El homicidio calificado es un delito grave excluido de la libertad condicionada según el marco jurídico vigente. Por lo tanto, cambiar remisiones parciales por libertad condicionada no es procedente. La opción más realista es seguir acumulando beneficios por buen comportamiento y explorar otros mecanismos (como libertad asistida o eventual indulto), aunque estos también tienen restricciones.

    ¡Atención! La consulta fue proporcionada no por un abogado, sino por una inteligencia artificial.



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