ARTÍCULO 37.- Los militares y civiles de nacionalidad extranjera que ingresen a alguno de los cursos de la Escuela Militar de Tropas Especialistas de la Fuerza Aérea, lo harán en calidad de becarios y se regirán durante su estancia en ellos por lo establecido en la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en las partes aplicables y en el presente Reglamento. Este personal no estará sujeto al fuero de guerra que comprende faltas y delitos contra la disciplina militar, regulándose su situación disciplinaria, en cada caso, como lo determine la Secretaría de la Defensa Nacional.
Structure Reglamento de la Escuela Militar de Tropas Especialistas de la Fuerza Aérea
Título primero de las disposiciones generales
Capítulo I de la finalidad y misión
Título segundo de la organización
Título tercero de las funciones
Capítulo II de la subdirección
Capítulo III del comandante del cuerpo de alumnos
Capítulo IV de la sección pedagógica
Capítulo V de la sección académica
Capítulo VI de la sección de laboratorios y
Capítulo VII de la ayudantía general
Capítulo VIII de la sección administrativa
Título cuarto de la junta técnica-consultiva
Capítulo I de la clasificación
Capítulo II del personal docente
Capítulo III del personal en instrucción
Título séptimo del proceso enseñanza-aprendizaje
Capítulo I de las generalidades
Título octavo de las faltas, bajas y reingresos
Capítulo I de las faltas de asistencia académica
Capítulo III de los reingresos
Título noveno de los certificados, nombramientos, premios y
Capítulo I de los certificados y nombramientos
Capítulo II de los premios y recompensas
Título Décimo de las disposiciones complementarias