ARTÍCULO 52.- Podrá reingresar al plantel el personal en instrucción que haya causado baja por los motivos siguientes:
I. Faltas justificadas;
II. Académicos, excepto por faltas injustificadas;
III. Haberse encontrado sujeto a proceso en el fuero de guerra, en el orden común o federal y haya resultado absuelto;
IV. De salud, y
V. Haber interrumpido el curso con autorización o por orden de el Secretario de la Defensa Nacional.
Structure Reglamento de la Escuela Militar de Tiro
Título primero disposiciones generales
Capítulo II de la subdirección
Capítulo III de la sección pedagógica
Capítulo IV de la sección académica
Capítulo V de la ayudantía general
Capítulo VI de la sección administrativa
Capítulo VII de la junta técnica-consultiva
Título quinto de la admisión y del proceso
Capítulo II del proceso enseñanza-aprendizaje
Título sexto de las faltas, bajas y reingresos
Capítulo I de las faltas de asistencia académica
Capítulo II de las bajas y reingresos
Artículo 48- son causales de baja del plantel
Título séptimo de los reconocimientos académicos, premios y