ARTÍCULO 20.- La Junta Técnica-Consultiva es el órgano circunstancial que tiene por finalidad asesorar en materia pedagógica y académica al Director del plantel y se integra con:
I. Presidente:
Subdirector del plantel.
II. Vocales:
A. Jefe de la Sección Pedagógica;
B. Jefe de la Sección Académica, y
C. Ayudante General.
III. El Secretario será el vocal de menor jerarquía y antigüedad.
Structure Reglamento de la Escuela Militar de Tiro
Título primero disposiciones generales
Capítulo II de la subdirección
Capítulo III de la sección pedagógica
Capítulo IV de la sección académica
Capítulo V de la ayudantía general
Capítulo VI de la sección administrativa
Capítulo VII de la junta técnica-consultiva
Título quinto de la admisión y del proceso
Capítulo II del proceso enseñanza-aprendizaje
Título sexto de las faltas, bajas y reingresos
Capítulo I de las faltas de asistencia académica
Capítulo II de las bajas y reingresos
Artículo 48- son causales de baja del plantel
Título séptimo de los reconocimientos académicos, premios y