Reglamento de la Escuela de Fuerzas Especiales
Artículo 8o

ARTÍCULO 8o.- El Director de la Escuela de Fuerzas Especiales tiene las mismas atribuciones y responsabilidades correspondientes a un Comandante de Cuerpo de Tropa, de conformidad con lo establecido en las leyes y reglamentos militares y además las siguientes:

I. Representar a la Escuela de Fuerzas Especiales;

II. Hacer cumplir las directivas que determine el Alto Mando del Ejército y Fuerza Aérea y las establecidas en el Plan General de Educación Militar;

III. Administrar los recursos humanos, económicos y materiales puestos a su disposición;

IV. Proponer a la Dirección General de Educación Militar y Rectoría de la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea los planes y programas de estudio correspondientes a cada curso, así como los proyectos de calendario escolar y programas de prácticas y visitas a instalaciones civiles y militares;

V. Convocar la Junta Técnica-Consultiva;

VI. Conferir los cargos que desempeñe el personal académico, docente, cursantes, administrativo y de la planta, excepto aquellos que sean designados por el Alto Mando;

VII. Vigilar permanentemente el bienestar del personal del plantel, promoviendo su afiliación conforme a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas;

VIII. Proponer a la Dirección General de Educación Militar y Rectoría de la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea las reformas al Manual de Organización y Funcionamiento del plantel cuando corresponda;

IX. Difundir el contenido del Reglamento del plantel entre el personal que lo integra, supervisando su cumplimiento;

X. Proponer al Alto Mando a través de la Dirección General de Educación Militar y Rectoría de la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea la creación de otros cursos;

XI. Proponer al personal del plantel que se haga acreedor a premios y recompensas;

XII. Proponer y opinar las altas, bajas y cambios del personal del plantel;

XIII. Realizar la evaluación de las capacidades y funcionamiento de los órganos del plantel, estableciendo medidas tendientes a mejorar su rendimiento;

XIV. Presentar a la Dirección General de Educación Militar y Universidad del Ejército y Fuerza Aérea un informe general de las actividades al término de cada curso, y

XV. Las que le sean asignadas por el Secretario de la Defensa Nacional.

Structure Reglamento de la Escuela de Fuerzas Especiales

Artículo primero

Artículo segundo

Artículo tercero

Artículo cuarto

Artículo quinto

Título primero disposiciones generales

Capítulo único

Artículo 1o

Artículo 2o

Artículo 3o

Artículo 4o

Título segundo organización

Artículo 5o

Artículo 6o

Título tercero funciones

Capítulo I de la dirección

Artículo 7o

Artículo 8o

Capítulo II de la subdirección

Artículo 9o

Artículo 10

Artículo 11

Capítulo III del cuerpo de instructores

Artículo 12

Artículo 13

Capítulo IV del cuerpo de cursantes

Artículo 14

Artículo 15

Capítulo V de la sección pedagógica

Artículo 16

Artículo 17

Capítulo VI de la sección académica

Artículo 18

Artículo 19

Capítulo VII de la ayudantía

Artículo 20

Artículo 21

Capítulo VIII de la sección administrativa

Artículo 22

Artículo 23

Capítulo IX de la junta técnica-consultiva

Artículo 24

Artículo 25

Artículo 26

Artículo 27

Título cuarto del personal

Capítulo único

Artículo 28

Artículo 29

Artículo 30

Artículo 31

Artículo 32- el personal designado a la escuela

Artículo 33

Artículo 34

Artículo 35

Título quinto de la admisión y del proceso

Capítulo I de la admisión

Artículo 36

Artículo 37

Artículo 38

Capítulo II del proceso enseñanza-aprendizaje

Artículo 39

Artículo 40

Artículo 41

Artículo 42

Artículo 43

Artículo 44

Artículo 45

Artículo 46

Artículo 47

Artículo 48

Artículo 49

Artículo 50

Título sexto de las faltas, bajas y reingresos

Capítulo I de las faltas de asistencia académica

Artículo 51

Artículo 52

Artículo 53

Capítulo II de las bajas y reingresos

Artículo 54

Artículo 55

Artículo 56

Artículo 57

Título séptimo de los reconocimientos académicos, premios y

Capítulo único

Artículo 58

Artículo 59

Título octavo de la disciplina

Artículo 60

Artículo 61

Artículo 62

Artículo 63

Artículo sexto

Artículo séptimo

Artículo octavo

Artículo noveno

Artículo Décimo

Artículo Décimo primero

Artículo Décimo segundo

Artículo Décimo tercero

Artículo Décimo cuarto

Artículo Décimo quinto