Artículo 3o.- Para los efectos de este reglamento, se entenderá por:
1. Comercializador.- La persona física o moral que haya celebrado contrato con Pronósticos para aceptar quinielas del público en la forma y términos señalados en las disposiciones reglamentarias.
2. Terminal.- Cualquier dispositivo de punto de venta que se utilice para la comercialización de concursos, sorteos, productos y servicios que ofrece Pronósticos.
3.- Concurso.- El proceso que tiene lugar desde la captación oficial de quinielas, incluyendo el Protouch inicial, hasta la selección de ganadores; en el que los poseedores o titulares de un boleto mediante la selección previa de un resultado deportivo o competencia, obtienen el derecho a participar en un procedimiento previamente estipulado y aprobado por la Secretaría de Gobernación, conforme al cual se determina uno o varios ganadores de un premio.
4. Volante.- El documento que contiene los partidos seleccionados para un concurso, en donde el concursante anota sus pronósticos de resultados, así como el pronóstico de Protouch inicial.
5. Quiniela.- La selección de un pronóstico cuando menos para todos y cada uno de los partidos programados para un concurso.
6. Protouch inicial.- Pronóstico que hace el concursante sobre el equipo que anotará el primer touch down y en cuál de los cuartos, o en su defecto si no habrá touch down, en el transcurso del tiempo oficial del partido señalado en el volante respectivo.
7.- Combinación.- El conjunto o combinación de dos o más quinielas seleccionadas por el participante.
8. Pronóstico sencillo.- La selección por parte de un concursante de una de las tres posibles alternativas asentadas en un volante para un mismo partido, a saber: triunfo de uno de los contendientes o diferencia hasta de 6 puntos.
9. Pronóstico doble.- La selección de dos de las tres posibles alternativas asentadas en un volante para un mismo partido.
10. Pronóstico triple.- La selección de las tres posibles alternativas asentadas en un volante para un mismo partido.
11.- Boleto.- Registro electrónico de la combinación y/o documento impreso en el que se plasma la participación, los cuales se encuentran almacenados en el sistema central de captación de transacciones en línea y acredita el derecho de participar en el sorteo.
El documento impreso a que se refiere el párrafo anterior constituye un documento al portador comprendido en el artículo 6o. de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y no un título de crédito, ya que sirve únicamente para identificar a su tenedor. Dicho documento consigna un contrato de adhesión y sólo tendrá efectos probatorios cuando se corrobore que los códigos de seguridad y las numeraciones contenidas en él sean legítimos.
12.- Registro de participaciones.- Es el proceso por el cual todas las quinielas adquiridas para un concurso en particular, quedan integralmente grabadas en el archivo de participaciones para un concurso determinado.
13. Monto acumulativo (bolsa).- La cantidad repartible correspondiente al primer lugar que se haya declarado vacante por falta de ganadores y que es adicionada al monto del primer premio del siguiente concurso.
14.- Selección de ganadores.- Es el evento mediante el cual, en cada concurso, utilizando los sistemas de cómputo, se determinan los números de los boletos que obtuvieron premiación y el monto de la misma.
15. Bolsa garantizada.- Monto mínimo que Pronósticos se compromete a entregar al ganador o ganadores del primer lugar de cada una de las modalidades de Protouch y Protouch inicial.
16.- Pronósticos.- Pronósticos para la Asistencia Pública.
17.- Medios electrónicos.- Cualquier dispositivo electrónico con el que Pronósticos comercialice sus concursos.
18.- Ceremonia.- Acto oficial de selección de la combinación ganadora.
Structure Reglamento de Funcionamiento de los Concursos Protouch