Capítulo II De los Establecimientos
Artículo 105.- La Secretaría expedirá las disposiciones de sanidad animal,...
Artículo 106.- Los propietarios, el administrador único, los responsables de...
Artículo 106 Bis.- La Secretaría determinará, en disposiciones de salud...
Artículo 107.- La Secretaría autorizará a petición de parte y...
Artículo 108.- La Secretaría promoverá que los centros de sacrificio...
Artículo 109.- Los propietarios o poseedores de los establecimientos a...