TITULO SEPTIMO
ARTICULO 85.- En concordancia con las Fracciones VI y VII...
ARTICULO 86.- "La Autoridad del Agua" tendrá a su cargo,...
ARTICULO 86 BIS.- En la aplicación de las disposiciones contenidas...
ARTICULO 86 BIS 1.- Para la preservación de los humedales...
ARTICULO 86 BIS 2.- Se prohíbe arrojar o depositar en...
ARTICULO 87.- "La Autoridad del Agua" determinará los parámetros que...
ARTICULO 88.- Las personas físicas o morales requieren permiso de...
ARTICULO 88 BIS.- Las personas físicas o morales que efectúen...
ARTICULO 88 BIS 1.- Las descargas de aguas residuales de...
ARTICULO 89.- "La Autoridad del Agua" para otorgar los permisos...
ARTICULO 90.- "La Autoridad del Agua" expedirá el permiso de...
ARTICULO 91.- La infiltración de aguas residuales para recargar acuíferos,...
ARTICULO 91 BIS.- Las personas físicas o morales que descarguen...
ARTICULO 91 BIS 1.- Cuando se efectúen en forma fortuita,...
ARTICULO 92.- "La Autoridad del Agua" ordenará la suspensión de...
ARTICULO 93.- Son causas de revocación del permiso de descarga...
ARTICULO 93 BIS.- En adición a lo dispuesto en el...
ARTICULO 94.- Cuando la suspensión o cese de operación de...
ARTICULO 94 BIS.- Previo otorgamiento o renovación de permisos, incluyendo...
ARTICULO 95.- "La Autoridad del Agua" en el ámbito de...
ARTICULO 96.- En las zonas de riego y en aquellas...
ARTICULO 96 BIS. “La Autoridad del Agua” intervendrá para que...