Artículo 41.- La práctica de los exámenes psicofísico integral y exámenes toxicológicos podrá realizarse a través de personas físicas o morales que obtengan previamente de la Secretaría por conducto de la Dirección, la autorización correspondiente, de conformidad con lo previsto en el presente Reglamento.
(ADICIONADO, D.O.F. 1 DE SEPTIEMBRE DE 2010)
Structure Reglamento del Servicio de Medicina Preventiva en el Transporte