ARTICULO 194-I.- Por los servicios de recepción y análisis de la solicitud y, en su caso, la expedición de permisos en materia de organismos genéticamente modificados, se pagará el derecho por actividades relacionadas con la liberación al ambiente, conforme a las siguientes cuotas:
Cuota
Sin ajuste Con ajuste
I. Por el permiso de liberación experimental
al ambiente de organismos genéticamente
modificados, incluyendo su importación $36,303.77 $36,304
II. Por el permiso de liberación al ambiente en
programa piloto de organismos genéticamente
modificados, incluyendo su importación $36,303.77 $36,304
III. Por el permiso de liberación comercial al
ambiente de organismos genéticamente
modificados, incluyendo su importación $36,303.77 $36,304
Tratándose de la solicitud de reconsideración de resolución negativa de cada permiso a que se refiere este artículo, se pagará la cuota
$31,310.03 $31,310
Estructura Ley Federal de Derechos