TÍTULO TERCERO
Artículo 47.- Las Sociedades Financieras Populares estarán sujetas a la...
Artículo 48.- La Federación se constituirá exclusivamente con la agrupación...
Artículo 49.- (DEROGADO, D.O.F. 13 DE AGOSTO DE 2009)
Artículo 50.- Las Federaciones serán instituciones de interés público, con...
Artículo 51.- La solicitud de autorización para operar como Federación,...
Artículo 52.- Las Federaciones, en adición a desempeñar las funciones...
Artículo 53.- Los requisitos mínimos que deberá cumplir una Federación...
Artículo 54.- Las Federaciones no podrán afiliar a personas físicas,...
Artículo 55.- Cada Federación formulará su reglamento interior, que deberá...
Artículo 56.- Las Federaciones deberán agrupar el importe de los...
Artículo 57.- (DEROGADO, D.O.F. 13 DE AGOSTO DE 2009)
Artículo 58.- Las Sociedades Financieras Populares, en su relación con...
Artículo 59.- Las Federaciones estarán sujetas a la supervisión de...
Artículo 60.- La Comisión, previa audiencia de la Federación de...
Artículo 61.- Las Sociedades Financieras Populares afiliadas y no afiliadas...
Artículo 62.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo...
Artículo 63.- Las Federaciones deberán contar con una Asamblea General...
Artículo 64.- La Asamblea General de afiliados de la Federación...
Artículo 65.- El Consejo de Administración de la Federación estará...
Artículo 65 Bis.- Las Federaciones a través de su asamblea...
Artículo 66.- El Consejo de Administración podrá nombrar gerente general...
Artículo 67.- El Comité de Supervisión será el encargado de...
Artículo 68.- Son facultades del Comité de Supervisión, además de...
Artículo 69.- Son obligaciones del Comité de Supervisión, Además de...
Artículo 70.- La vigilancia interna de la Federación estará a...
Artículo 71.- Las Federaciones deberán verificar el cumplimiento de los...
Artículo 72.- Las Sociedades Financieras Populares estarán obligadas a: I....
Artículo 73.- En el ejercicio de sus funciones de supervisión...
Artículo 74.- De manera enunciativa y no limitativa, las Sociedades...
Artículo 75.- En caso de que una Sociedad Financiera Popular...
Artículo 76.- Cuando de los dictámenes del Comité de Supervisión...
Artículo 77.- (DEROGADO, D.O.F. 13 DE AGOSTO DE 2009)
Artículo 78.- Cuando a juicio de la Comisión existan irregularidades...
Artículo 79.- El interventor-gerente tendrá todas las facultades que correspondan...
Artículo 80.- En aquellos casos previstos en los Artículos 75,...
Artículo 81.- Las Sociedades Financieras Populares podrán afiliarse a una...
Artículo 82.- Para efectos de lo señalado en el Artículo...
Artículo 83.- Para formalizar el contrato de afiliación deberá cumplirse...
Artículo 84.- La Sociedad Financiera Popular podrá solicitar en cualquier...
Artículo 85.- La Federación a través del Comité de Supervisión,...
Artículo 86.- Para los efectos de los Artículos 84 y...
Artículo 87.- Las sociedades que, habiéndose organizado con arreglo a...
Artículo 88.- En el contrato de supervisión auxiliar que celebre...
Artículo 89.- Las Federaciones podrán prestar servicios complementarios a las...
Artículo 90.- El Comité de Protección al Ahorro podrá determinar...
Artículo 91.- El Comité de Protección al Ahorro dispondrá de...
Artículo 92.- Cuando el Comité de Protección al Ahorro determine...
Artículo 93.- Si la Sociedad Financiera Popular requiere ser capitalizada...
Artículo 94.- Para el caso de que el Comité de...
Artículo 95.- Las Sociedades Financieras Populares se disolverán por las...
Artículo 96.- La disolución, liquidación y, en su caso, concurso...
Artículo 97.- A partir de la fecha en que se...
Artículo 98.- Las Sociedades Financieras Populares deberán participar en el...
Artículo 99.- El Gobierno Federal, a través de la Secretaría,...
Artículo 100.- El Fondo de Protección, para el cumplimiento de...
Artículo 101.- El patrimonio del Fondo de Protección se integrará...
Artículo 101 Bis.- Las Confederaciones a través de su asamblea...
Artículo 102.- El Comité Técnico del Fondo de Protección estará...
Artículo 103.- Para ser miembro del Comité Técnico será necesario:...
Artículo 104.- El Comité Técnico ejercerá las funciones siguientes: I....
Artículo 104 Bis.- El reglamento interior del Fondo de Protección...
Artículo 104 Bis 1.- El Comité de Protección al Ahorro...
Artículo 104 Bis 2.- El Fondo de Protección y sus...
Artículo 105.- Las Sociedades Financieras Populares estarán obligadas a pagar...
Artículo 106.- El Fondo de Protección, a través del Comité...
Artículo 107.- (DEROGADO Y REUBICADO, D.O.F. 13 DE AGOSTO DE...
Artículo 108.- El Comité de Protección al Ahorro deberá estar...
Artículo 109.- El Comité de Protección al Ahorro ejercerá las...
Artículo 110.- El Comité de Protección al Ahorro, deberá informar...
Artículo 111.- El Comité de Protección al Ahorro podrá solicitar...
Artículo 112.- El Comité de Protección al Ahorro, para efectos...