Artículo 36. Los interesados en importar las mercancías reguladas por el artículo 24 de la Ley, deberán acreditar el cumplimiento de la hoja de requisitos zoosanitarios o de cualquier otra disposición sanitaria emitida por la autoridad competente, en el primer punto de ingreso por el que arriben al país.
Estructura Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal