Artículo 229. La Secretaría determinará los sistemas, métodos, procedimientos de entrenamiento y capacitación que deben recibir los médicos veterinarios oficiales, terceros especialistas y médicos veterinarios responsables autorizados de acuerdo a las necesidades del Sistema TIF y avances tecnológicos inherentes al mismo.
Estructura Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal