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  • Ley General de Partidos Políticos
  • Título quinto

Ley General de Partidos Políticos
Título quinto

TÍTULO QUINTO

CAPÍTULO I

Artículo 50. 1. Los partidos políticos tienen derecho a recibir,...

Artículo 51. 1. Los partidos políticos tendrán derecho al financiamiento...

Artículo 52. 1. Para que un partido político nacional cuente...

CAPÍTULO II

Artículo 53. 1. Además de lo establecido en el Capítulo...

Artículo 54. 1. No podrán realizar aportaciones o donativos a...

Artículo 55. 1. Los partidos políticos no podrán recibir aportaciones...

Artículo 56. 1. El financiamiento que no provenga del erario...

Artículo 57. 1. Los partidos políticos podrán establecer en instituciones...

CAPÍTULO III

Artículo 58. 1. El Consejo General del Instituto a través...

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