Artículo 19. Del procedimiento. El Presidente de la Comisión propondrá fecha para la celebración de una reunión ordinaria, en la que se pondrán a consideración de los integrantes de la Comisión los proyectos de resolución.
Si la mayoría de los Comisionados dan su voto afirmativo y sin observaciones importantes, el proyecto se engrosará como pronunciamiento definitivo.
Si hay consideraciones discrepantes, y el asunto no puede ser votado a favor de una mayoría, el Presidente de la Comisión turnará el asunto a la Junta de Honor.
Structure Reglamento de la Comisión de Ética del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa