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  • Reglamento de Insumos para la Salud
  • Título octavo

Reglamento de Insumos para la Salud
Título octavo

TÍTULO OCTAVO

Capítulo I

ARTÍCULO 218. Las visitas de verificación se practicarán de conformidad...

ARTÍCULO 219. Corresponde a la autoridad sanitaria verificar que los...

ARTÍCULO 220. La asignación del Establecimiento o del lugar para...

ARTÍCULO 221. La orden de visita de verificación, entre otros...

ARTÍCULO 222. En el acta de verificación deberán hacerse constar...

ARTÍCULO 223. Cuando en las visitas de verificación a los...

Capítulo II

ARTÍCULO 224. Si las condiciones sanitarias del Establecimiento, materias primas,...

ARTÍCULO 225. Las autoridades sanitarias competentes podrán ordenar la aplicación...

Capítulo III

ARTÍCULO 226. La autoridad sanitaria sancionará a quien infrinja los...

ARTÍCULO 227. Se sancionará con multa hasta de quinientos días...

ARTÍCULO 228. Se sancionará con multa de quinientos hasta mil...

ARTÍCULO 229. Se sancionará con multa de mil hasta tres...

ARTÍCULO 230. Se sancionará con multa de tres mil a...

ARTÍCULO 231. Se sancionará con multa de seis mil a...

ARTÍCULO 232. Las infracciones no previstas en este Capítulo serán...

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