Artículo 350
Opción de pago
1. Los partidos podrán optar por realizar los pagos relativos a sus actividades ordinarias permanentes, a las precampañas y campañas, o bien, únicamente los relativos a propaganda en vía pública durante el periodo de precampaña y campaña, por conducto de la Unidad Técnica de conformidad con lo establecido en el artículo 64 numeral 1 de la Ley de Partidos.
SEGUNDO.- Se instruye al Secretario para que dé cuenta del presente Acuerdo, por el que se acata la sentencia SUP-RAP-207/2014 y acumulados, al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
TERCERO.- Con la finalidad de dar certeza a los sujetos obligados, publíquese el Reglamento de Fiscalización aprobado mediante Acuerdo INE/CG263/2014, adicionando las modificaciones aprobadas en el presente Acuerdo, el cual se anexa al presente y forma parte integral del mismo.
CUARTO.- Notifíquese el presente Acuerdo a los Órganos Electorales Locales a efecto de que a su vez, lo hagan del conocimiento de los sujetos obligados en el ámbito local.
Structure Reglamento de Fiscalización