TÍTULO VIGÉSIMO SÉPTIMO
ARTÍCULO 253. Las visitas de verificación se practicarán de conformidad...
ARTÍCULO 254. Corresponde a la autoridad sanitaria verificar que los...
ARTÍCULO 255. La asignación del establecimiento o del lugar para...
ARTÍCULO 256. La orden de visita de verificación, entre otros...
ARTÍCULO 257. En el acta de verificación deberán hacerse constar...
ARTÍCULO 258. Concluido el procedimiento de verificación, la autoridad sanitaria...
ARTÍCULO 259. Si las condiciones sanitarias del establecimiento, materias primas,...
ARTÍCULO 260. Las autoridades sanitarias competentes podrán ordenar la aplicación...
ARTÍCULO 261. La autoridad sanitaria sancionará a quien infrinja los...
ARTÍCULO 262. En los casos en que el infractor actúe...
ARTÍCULO 263. Se sancionará con multa de hasta mil días...
ARTÍCULO 264. Se sancionará con multa de mil a cuatro...
ARTÍCULO 265. Se sancionará con multa de cuatro mil a...
ARTÍCULO 266. Se sancionará con multa de seis mil a...
ARTÍCULO 267. Las autoridades sanitarias, con base en los resultados...
ARTÍCULO 268. Las infracciones no previstas en este capítulo serán...