Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo
Título segundo

Título Segundo

Capítulo I

Artículo 6. Son instrumentos para la Cooperación Internacional, los siguientes:...

Capítulo II

Artículo 7. Se crea la AMEXCID como un órgano desconcentrado...

Artículo 8. La AMEXCID contará con autonomía técnica y de...

Artículo 9. La AMEXCID tendrá la estructura administrativa y operativa...

Artículo 10. La AMEXCID tendrá las siguientes atribuciones: I.        Concertar,...

Artículo 11. Es obligación expresa de la AMEXCID identificar opciones...

Artículo 12. La AMEXCID, con apoyo en los datos del...

Artículo 13. Es responsabilidad de la AMEXCID que su personal...

Capítulo III

Artículo 14. La dirección y administración de la AMEXCID corresponden...

Capítulo IV

Artículo 15. El Consejo Consultivo de la AMEXCID se constituye...

Artículo 16. Corresponde al Consejo Consultivo de la AMEXCID: I....

Artículo 17. Los acuerdos en el seno del Consejo Consultivo...

Capítulo V

Artículo 18. Al frente de la AMEXCID habrá un Director...

Artículo 19. El Director Ejecutivo tendrá las siguientes atribuciones: I....

Artículo 20. Para ser Director Ejecutivo de la AMEXCID se...

Artículo 21. El Director Ejecutivo de la AMEXCID no podrá...

Capítulo VI

Artículo 22. Las políticas y mecanismos de ejecución de la...

Artículo 23. El Programa es la base para la planeación...

Artículo 24. El Programa deberá contemplar los siguientes aspectos: I....

Artículo 25. En la orientación de la política de cooperación...

Artículo 26. El Programa deberá ser evaluado anualmente por la...