Código Federal de Procedimientos Civiles
Titulo septimo

TITULO SEPTIMO

CAPITULO I

ARTICULO 270.- Las actuaciones judiciales y promociones pueden efectuarse en...

ARTICULO 271.- Las actuaciones judiciales y promociones deben escribirse en...

ARTICULO 272.- En las actuaciones judiciales, no se emplearán abreviaturas...

ARTICULO 273.- Todas las declaraciones, ante los tribunales, se rendirán...

ARTICULO 274.- Las audiencias serán públicas en todos los tribunales;...

ARTÍCULO 274 bis.- En los procedimientos en que intervengan personas...

ARTICULO 275.- El juez recibirá, por sí, todas las declaraciones,...

ARTICULO 276.- Todo litigante, con su primera promoción, presentará: I.-...

ARTICULO 277.- Los interesados pueden presentar una copia más de...

ARTICULO 278.- Las partes, en cualquier asunto judicial, pueden pedir,...

ARTICULO 279.- Las copias certificadas de constancias judiciales serán autorizadas...

ARTICULO 280.- No objetados, en su oportunidad, los documentos que...

CAPITULO II

ARTICULO 281.- Las actuaciones judiciales se practicarán en días y...

ARTICULO 282.- El tribunal puede habilitar los días y horas...

ARTICULO 283.- Siempre que deba tener lugar un acto judicial...

ARTICULO 284.- Los términos judiciales empezarán a correr el día...

ARTICULO 285.- Cuando fueren varias las partes, el término se...

ARTICULO 286.- En ningún término se contarán los días en...

ARTICULO 287.- En los autos se asentará razón del día...

ARTICULO 288.- Concluidos los términos fijados a las partes, se...

ARTICULO 289.- Cuando la práctica de un acto judicial o...

ARTICULO 290.- Los términos que, por disposición de la ley,...

ARTICULO 291.- Los términos judiciales, salva disposición en contrario, no...

ARTICULO 292.- Para fijar la duración de los términos, los...

ARTICULO 293.- En caso de que hubieren de practicarse diligencias...

ARTICULO 294.- Para que puedan otorgarse los términos del artículo...

ARTICULO 295.- Sólo disfrutará, del término extraordinario, la parte a...

ARTICULO 296.- En el cómputo del término extraordinario no se...

ARTICULO 297.- Cuando la ley no señale término para la...

ARTICULO 298.- Las diligencias que no puedan practicarse en el...

ARTICULO 299.- Los exhortos y despachos se expedirán el siguiente...

ARTICULO 300.- Los exhortos y despachos que se reciban, se...

ARTICULO 301.- Para ser diligenciados los exhortos de los tribunales...

ARTICULO 302.- (Se deroga).

CAPITULO III

ARTICULO 303.- Las notificaciones, citaciones y emplazamientos se efectuarán, lo...

ARTICULO 304.- La resolución en que se mande hacer una...

ARTICULO 305.- Todos los litigantes, en el primer escrito o...

ARTICULO 306.- Cuando un litigante no cumpla con lo prevenido...

ARTICULO 307.- Mientras un litigante no hiciere nueva designación de...

ARTICULO 308.- Los tribunales tienen el deber de examinar la...

ARTICULO 309.- Las notificaciones serán personales: I.- Para emplazar a...

ARTICULO 310.- Las notificaciones personales se harán al interesado o...

ARTICULO 311.- Para hacer una notificación personal, y salvo el...

ARTICULO 312.- Si, en la casa, se negare el interesado...

ARTICULO 313.- Cuando, a juicio del notificador, hubiere sospecha fundada...

ARTICULO 314.- Cuando la persona que haya de ser notificada...

ARTICULO 315.- Cuando hubiere que citar a juicio a alguna...

ARTICULO 316.- Las notificaciones que no deban ser personales se...

ARTICULO 317.- Deben firmar las notificaciones la persona que las...

ARTICULO 318.- Si los interesados, sus procuradores o las personas...

ARTICULO 319.- Cuando una notificación se hiciere en forma distinta...

ARTICULO 320.- No obstante lo dispuesto en el título anterior,...

ARTICULO 321.- Toda notificación surtirá sus efectos el día siguiente...