CAPITULO VI
Artículo 90.- Salario mínimo es la cantidad menor que debe...
Artículo 91. Los salarios mínimos podrán ser generales para una...
Artículo 92. Los salarios mínimos generales regirán para todos los...
Artículo 93. Los salarios mínimos profesionales regirán para todos los...
Artículo 94. Los salarios mínimos se fijarán por una Comisión...
Artículo 95. La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos y...
Artículo 96. La Comisión Nacional determinará la división de la...
Artículo 97. Los salarios mínimos no podrán ser objeto de...