Ley de Desarrollo Rural Sustentable
Título segundo

TÍTULO SEGUNDO

CAPÍTULO I

Artículo 12.- Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional...

Artículo 13.- De conformidad con la Ley de Planeación y...

Artículo 14.- En el marco del Plan Nacional de Desarrollo...

Artículo 15.- El Programa Especial Concurrente al que se refiere...

Artículo 16.- El Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural...

Artículo 17.- Se crea el Consejo Mexicano para el Desarrollo...

Artículo 18.- El Consejo Mexicano y los demás organismos e...

CAPÍTULO II

Artículo 19.- Con objeto de que la gestión pública que...

Artículo 20.- La Comisión Intersecretarial será responsable de atender, difundir,...

Artículo reformado DOF 27-01-2011

Artículo 21.- La Comisión Intersecretarial estará integrada por los titulares...

Artículo 22.- La Comisión Intersecretarial a través de las dependencias...

CAPÍTULO III

Artículo 23.- El federalismo y la descentralización de la gestión...

Artículo 24.- Con apego a los principios de federalización, se...

Artículo 24 Bis.- Se podrán integrar, dentro de los consejos...

Artículo adicionado DOF 09-12-2010

Artículo 25.- Los Consejos Estatales podrán ser presididos por los...

Artículo 26.- En los Consejos Estatales se articularán los planteamientos,...

Artículo 27.- El Gobierno Federal, celebrará con los gobiernos de...

Artículo 28.- Los convenios que celebren las dependencias y entidades...

CAPÍTULO IV

Artículo 29.- Los Distritos de Desarrollo Rural serán la base...

Artículo 30.- Cada distrito tendrá un órgano colegiado de dirección,...

Artículo 31.- Los Distritos de Desarrollo Rural coadyuvarán a la...