Ley de Contribución de Mejoras por Obras Públicas Federales de Infraestructura Hidráulica
Articulo vigesimo sexto

ARTICULO VIGESIMO SEXTO.- Se establece una contribución de mejoras por obras públicas, de conformidad con las disposiciones con vigencia propia contenidas en la siguiente:

"LEY DE CONTRIBUCION DE MEJORAS POR OBRAS PUBLICAS FEDERALES DE INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA.