Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal
Titulo tercero

TITULO TERCERO

CAPITULO I

ARTICULO 33.- Los servicios de autotransporte federal, serán los siguientes:...

ARTICULO 34.- La prestación de los servicios de autotransporte federal...

ARTICULO 35.- Todos los vehículos de autotransporte de carga, pasaje...

ARTICULO 36.- Los conductores de vehículos de autotransporte federal, deberán...

ARTICULO 37.- Los permisionarios tendrán la obligación, de conformidad con...

ARTICULO 38.- Los permisionarios de los vehículos son solidariamente responsables...

ARTICULO 39.- Los vehículos destinados al servicio de autotransporte federal...

ARTICULO 40.- No se requerirá de permiso para el transporte...

ARTICULO 41.- La Secretaría expedirá permiso a los transportistas autorizados...

ARTICULO 42.- Las empresas dedicadas al arrendamiento de remolques y...

ARTICULO 43.- Sólo podrán obtener registro como empresas arrendadoras de...

ARTICULO 44.- Las empresas arrendadoras de automóviles para uso particular,...

ARTICULO 45.- Tratándose de arrendamiento puro y financiero de vehículos...

ARTICULO 45 BIS.- Toda Autoridad Federal cuando determine la remisión...

ARTICULO 45 BIS 1.- Las notificaciones a que se refiere...

CAPITULO II

ARTICULO 46.- Atendiendo a su operación y al tipo de...

ARTICULO 47.- Los permisos que otorgue la Secretaría para prestar...

CAPITULO III

ARTICULO 48.- Los permisos que otorgue la Secretaría para prestar...

ARTICULO 49.- Los permisos para prestar los servicios de autotransporte...

CAPITULO IV

ARTICULO 50.- El permiso de autotransporte de carga autoriza a...

ARTICULO 51.- Las maniobras de carga y descarga y, en...