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  • Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
  • Capitulo II

Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Capitulo II

CAPITULO II

ARTICULO 10.- En los términos de la Ley y de...

ARTICULO 11.- Es disponente originario la persona con respecto a...

ARTICULO 12.- El disponente originario podrá en cualquier tiempo revocar...

ARTICULO 13.- Serán disponentes secundarios, de acuerdo al siguiente orden...

ARTICULO 14.- Los disponentes secundarios a que se refiere el...

ARTICULO 15.- La preferencia entre los disponentes secundarios a que...

ARTICULO 16.- Tratándose de trasplantes entre vivos, el disponente originario...

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