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  • Ley de Asistencia Social
  • Capítulo VII

Ley de Asistencia Social
Capítulo VII

Capítulo VII

Artículo 44.- Con el propósito de asegurar la adecuada coordinación...

Artículo 45.- Con el objeto de ampliar la cobertura y...

Artículo 46.- El Organismo promoverá ante los gobiernos locales, el...

Artículo 47.- El Organismo promoverá ante las autoridades estatales y...

Artículo 48.- El Estado, con el objeto de ampliar la...

Artículo 49.- El Organismo promoverá ante las autoridades correspondientes el...

Artículo 50.- Las autoridades públicas no podrán disponer de los...

Artículo 51.- Las instituciones privadas de asistencia social serán consideradas...

Artículo 52.- Las instituciones privadas de asistencia social tendrán las...

Artículo 53.- El Estado promoverá la organización y participación de...

Artículo 54.- El Organismo, promoverá la organización y participación de...

Artículo 55.- La participación de la comunidad a que se...

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