Capítulo IV
Artículo 37. El servicio público de transporte ferroviario podrá ser:...
Artículo 38. Los concesionarios que presten el servicio público de...
Artículo 39. El equipo ferroviario deberá cumplir las condiciones de...
Artículo 40. El personal que opere o auxilie en la...
Artículo 41. Los concesionarios del servicio público de transporte ferroviario...
Artículo 42. La concesión para la prestación del servicio público...
Artículo 43. El Gobierno Federal promoverá la prestación del servicio...