Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Capítulo XII

Capítulo XII

Artículo 40. Conforme a lo dispuesto por el artículo 73,...

Artículo 41. Las procuradurías o fiscalías deberán crear y operar...

Artículo 42. Para ser integrante y permanecer en las unidades...

Artículo 43. Las unidades especiales de investigación tendrán las siguientes...