TÍTULO DÉCIMO
ARTÍCULO 89.- La acuacultura se puede realizar mediante concesión para...
ARTÍCULO 90.- La Secretaría podrá otorgar permisos para la acuacultura...
ARTÍCULO 91.- La Secretaría podrá otorgar concesión para la acuacultura...
ARTÍCULO 92.- Las personas que realicen actividades de acuacultura, deberían...
ARTÍCULO 93.- Con el propósito de estimular la diversificación y...
ARTÍCULO 94.- Las personas físicas o morales que desarrollen programas...
ARTÍCULO 95.- Para la importación de semillas, ovas, alevines, larvas,...
ARTÍCULO 96.- Respecto de la introducción de especies vivas que...
ARTÍCULO 97.- La Secretaría otorgará permisos para recolectar del medio...
ARTÍCULO 98.- Aquellas personas que recolecten organismos del medio natural...
ARTÍCULO 99.- Las personas que colecten en cualquiera de las...
ARTÍCULO 100.- Los permisos de acuacultura tendrán una vigencia de...
ARTÍCULO 101.- La explotación, uso o aprovechamiento de las aguas...
ARTÍCULO 102.- Las concesiones sobre aguas de jurisdicción federal, para...