TÍTULO NOVENO DE LOS ÓRGANOS DE COADYUVANCIA
Capítulo I Del Consejo Técnico Consultivo Nacional de Sanidad Animal
Artículo 140.- El Consejo Técnico Consultivo Nacional de Sanidad Animal...
Artículo 141.- El Consejo Técnico Consultivo Nacional de Sanidad Animal...
Artículo 142.- El Consejo Técnico Consultivo Nacional de Sanidad Animal...
Capítulo II De los Organismos Auxiliares de Sanidad Animal
Artículo 143.- Para la coordinación y ejecución de las campañas...
Capítulo III De las Personas Aprobadas y Autorizadas
Artículo 144.- Las personas físicas o morales interesadas en operar...
Artículo 145.- La Secretaría promoverá cursos de capacitación y de...
Artículo 146.- Los profesionistas autorizados, deberán estar permanentemente actualizados y...
Artículo 147.- La Secretaría podrá autorizar laboratorios zoosanitarios para auxiliar...
Artículo 148.- En ningún caso las personas aprobadas o autorizadas,...
Artículo 149.- Para otorgar cualquiera de las aprobaciones a que...
Artículo 150.- Las especificaciones, requisitos, criterios y procedimientos que deberán...
Artículo 151.- Es responsabilidad de las personas a que se...